La municipalidad de La Banda informa que desde este lunes1de junio se adhiere al protocolo provincial para enmarcar las actividades de Bares, Restaurantes, Pizzerías y Heladerías que permitan su reapertura en esta instancia de contención en un contexto de Pandemia por COVID19.
El objetivo será asegurar y garantizar condiciones de seguridad a clientes como al personal inserto en la actividad. Para lo cual se debe asegurar condiciones que se basan en el conocimiento de los indicadores de caso sospechoso por COVID19, la protección personal, la distancia física y la infraestructura y equipamiento acorde a la actividad.
Asimismo, se determina las condiciones de inicio:
El Personal: Antes de la apertura de las actividades laborales dar licencias especiales a empleados comprendidos en Grupo de Riesgo: Mayores de 60 años; Personas con factores de riesgo; Embarazadas; Personal con síntomas compatibles con COVID-19.
El local: Limpieza y desinfección exhaustiva del local antes de la apertura Identificación de productos congelados y no perecederos a ser utilizados Constatación de las condiciones de los equipos de conservación y de uso para la preparación de los alimentos Disponer de Cartelería informativa para informar los nuevos hábitos de trabajo: correcta colocación de barbijos y máscaras, uso de alcohol con gel, así como el constante lavado de manos.
Con respecto a la ubicación de las mesas serán dispuestas resguardando una de distancia de 2 m, para que dé respaldo de cada silla entre mesas haya más de 1 metro de distancia. Cantidad máxima de comensales por mesa será de 4 personas. Asegurar Ingreso y egreso de clientes por separado, en caso de una sola puerta distinguir con una separación el ingreso y el egreso No se habilitarán espacios de juegos para niños Fomentar la solicitud de turnos para evitar la permanencia de personas en espera.
Además, se deberá proveer un ambiente para que el personal pueda vestirse con su uniforme de trabajo. No podrá retirarse de su lugar de trabajo con la ropa que utiliza para la función que cumple (cocinero, mozo, etc.)
La elaboración de alimentos se deberá reforzar las medidas de higiene en el manejo de alimentos, como son: no tocar alimentos listos para comer sin lavado de manos previo; envolver envases de alimentos para evitar contaminación cruzada; y seguir los cuatro pasos para la inocuidad de estos productos, limpiar, separar, cocinar y enfriar.
A la entrada del local y en la zona de aseos asegurar la disponibilidad de alcohol en gel. Se realizarán desinfecciones de sillas y mesas entre cliente y cliente como así también de picaportes, barandas.
En la puerta de acceso se deberá delimitar, en la vereda del local, mediante señalización las distancias a respetar por distanciamiento social. Deberán exhibirse carteles informativos con las normas de higiene y seguridad recomendadas, así como el presente protocolo.
El cliente deberá respetar en todo momento la señalización que el local implemente a los fines de preservar la salud de todos los asistentes Obligación de utilizar el tapa bocas a toda persona que circule dentro del establecimiento. Únicamente podrá retirarse el tapa bocas al momento de consumir.
FRANJA ETARIA
No está permitida bajo ninguna circunstancia la permanencia de menores de 15 (quince) años, en los locales dedicados a los rubros de restaurantes, bares, pizzerías y/o heladerías. Se sugiere evitar la concurrencia de adultos mayores de 60 (sesenta) años y/o personas incluidas en los denominados grupos de riesgo.
ACTIVIDADES NO PERMITIDAS
No están permitidos los festejos de cumpleaños, casamientos u otros acontecimientos familiares y/o sociales que impliquen reunión masiva de personas. No se está permitida la modalidad de bufet autoservicio.
DÍAS Y HORARIOS DE ATENCIÓN BAJO LA MODALIDAD PRESENCIAL
Los restaurantes, bares, pizzerías y heladerías podrán desarrollar sus actividades bajo la modalidad presencial de LUNES A SÁBADOS inclusive, en el horario de 09:00 a.m. a 15:00 p.m., no pudiendo excederse en los días y horario fijados bajo ninguna circunstancia y/o justificación.
EXHIBICIÓN DEL PRESENTE PROTOCOLO
Los propietarios y/o personas responsables del local están obligados a procurar que el presente Protocolo de Seguridad Sanitaria para Restaurantes, Bares, Pizzerías y Heladerías, sea exhibido permanentemente en lugares de fácil visualización tanto para el personal que se desempeña a su cargo como para el público concurrente.